La Municipalidad de Esquel informa a la comunidad en general que los presidentes de Asociaciones Vecinales NO estan facultados para autorizar la ocupación y/o adjudicación de terrenos fiscales en ningún sector de la ciudad.
Para tratar tal tema esta vigente la Ordenanza Municipal 54/86 y su modificatoria 81/87, que en su articulo 2 señala: "La tierra fiscal será adjudicada por el Departamento Ejecutivo, de acuerdo con las mensuras aprobadas, con las condiciones y obligaciones requeridas al solicitante...".
Para mayor información, los interesados deben dirigirse a la oficina municipal de la Dirección de Tierras Fiscales, de lunes a viernes de 7 a 12.30 horas en Mitre 524.-
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Esquel y vos :De Daniel Galatro
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