Esquel te enamora, se incorpora a tu piel como los abrojos mismos.

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Esquel y vos :De Daniel Galatro

Grave denuncia: RUTA Nº 40 VENDIDA A BENETTON



Nuestro amigo Claudio Frete nos hizo llegar un mail con esta información cuya veracidad desconocemos pero sobre un tema acerca del cual nos gustaría saber más. Esperamos comentarios y respuestas a
dgalatrog@hotmail.com

Quien escribió el correo original expresaba:
N. de la R. : los textos entre paréntesis son nuestos:

"Soy de El Maitén, Chubut, Patagonia Argentina. ¿Por qué digo esto?
Esto que voy a contarles pasa ahí, exactamente El Maitén. Se ubica en la comarca andina, zona que comparte con El Hoyo, Epuyen, Lago Puelo, Cholila, El Bolsón entre otros... a unos 200 KM de Bariloche. Es un sitio hermoso atravesado por el rio Chubut...
(Un lugar) de montañas, nieve, y en su momento de cenizas  (muestra fotografías).
Con mi amigo salimos en la bici por la RUTA Nº 40 nos encontramos con esto:

 

Pensamos qué podíamos hacer, luego de acordarnos de toda la flia Benetton

(muestra fotografía de puente cerrado con alambres)
Se nos ocurrió "escalar" una montaña pero....
(muestra ladera de montaña atravesada por alambrado)

Otra vez los condenados alambres.
Decidimos seguir, "pasar" los alambres (aquí las pruebas)...
(mostraba aquí una fotografía que se indica fue eliminada de http://www.imagehost.org/)
Seguimos en la bici como 5 Km , pero....el alambre seguía.
Conclusión.... no fue fácil pero logramos fotografiar lo más posible las injusticias. Un arroyo y el rio también están alambrados. ¡Eso es ILEGAL!

"...Art. 2340 del Código Civil incluye entre los bienes del dominio público "los ríos y lagos navegables y sus lechos", mientras que el art. 2639 establece que "Los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación por agua están obligados a dejar una calle o camino público de 35 metros hasta la orilla del río, o del canal, sin ninguna indemnización. Los propietarios ribereños no pueden hacer en ese espacio ninguna construcción ni reparar las antiguas que existen, ni deteriorar el terreno en manera alguna". "Aún cuando la modificación del art. 2340 durante un gobierno de facto, en 1968, hizo desaparecer las márgenes del texto, ni en la ley 17711 ni en ninguna posterior dice que las márgenes pasan a ser del dominio privado. Y el Art. 2577 dice que "no constituyen aluvión las arenas o fango, que se encuentren comprendidas en los límites del lecho del río determinado por la línea a que llegan las más altas aguas en su estado normal." Es decir, que las tierras bañadas por las aguas de las máximas crecidas no pertenecen al ribereño sino que son del dominio público..."
 
Esta foto es el arroyo pero les ASEGURO que en muchas partes no se puede acceder al rio...

(muestra fotografía del arroyo)
Con esto tratamos de demostrar cómo nos están arrebatando "bienes de dominio público"

Esperamos que los más grandes hagan respetar los derechos y protejan nuestros bienes. Nosotros empezamos haciendo conocer y circular esto feo que está pasando en nuestra provincia de Chubut."

La nota no tiene firmante pero suponemos que alguna vez lo tuvo.

Logró interesarnos en el tema especialmente por estos días en que el Gobierno nos felicita porque ya hemos pavimentado el 80% de la Ruta 40. Y esta denuncia nos alerta acerca de quiénes son los dueños de porciones de esa ruta. Creemos que es un tema para seguir investigando.
Y dejamos una pregunta sencilla e inocente como somos nosotros:
Si la pavimentación de la ruta 40 la hicimos nosotros, la venta de porciones de esa misma ruta ¿quién la estará haciendo?

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