*Es una actividad regulada por un marco normativo-jurídico sancionado en Argentina en los ´90, que otorga al sector privado grandes exenciones y beneficios, asegurando una rentabilidad extraordinaria, con escasos o nulos controles del Estado (nacional y provincial).
*Es minería a gran escala, que desestructura y reorienta la vida de las poblaciones, desplazando economías regionales preexistentes, ligadas a pequeñas y medianas localidades;
*Es minería trasnacional, con características de enclave, pues transfiere recursos en favor de actores extraterritoriales, sin generar encadenamientos endógenos relevantes, y produciendo como consecuencia la dependencia de las poblaciones en relación a las grandes empresas (por la vía de lo que se llama Responsabilidad social empresarial);
*Produce impactos negativos en la salud de las poblaciones y cuantiosos daños ambientales durante la explotación y luego del cierre de las minas, los cuales han sido fehacientemente probados en diferentes países y regiones;
*Avanza sin el consenso de las poblaciones, generando todo tipo de conflictos sociales, divisiones en la sociedad, y una espiral de criminalización de las resistencias que sin duda abre un nuevo y peligroso capítulo de violación de los derechos humanos.
De una nota por Maristella Svampa
reproducida por Puerta E
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