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Esquel y vos :De Daniel Galatro
Lanzan convocatoria para el Fondo Editorial del Chubut
La Secretaría de Cultura del Chubut acaba de difundir la convocatoria a presentación de obras ante el Fondo Editorial de la Provincia del Chubut.
La misma está dirigida a "los autores patagónicos o residentes en la región, interesados en la publicación de sus obras y que las mismas constituyan un relevante aporte a la difusión de la cultura de nuestra Provincia".
El plazo de la Inscripción para el presente llamado se extiende desde el 1° de ABRIL de 2011 hasta el 1° de JULIO de 2011, inclusive.
Asimismo, establece que los autores interesados en la publicación de sus obras, "deberán acreditar una residencia no inferior a diez años en la provincia, o con residencia menor si fuera una obra de real importancia para la misma, sea por su mérito o la temática que trate, a criterio del Comité de Selección. Se exceptúa de dichos requisitos a aquellos autores que por la importancia y temática de sus obras, su edición resulte de interés para conocer el patrimonio artístico y cultural de la Provincia, como así también su realidad territorial".
En todos los casos, sólo se admitirá la presentación de una obra, de la misma autoría, en cada género convocado CATEGORÍAS O GÉNEROS:
La propuesta está dirigida a las obras inéditas sobre las siguientes CATEGORIAS:
LITERARIO: Novela corta, Poesía, Leyenda, Cuento infantil, Antología (de cuentos y de poesías), Ensayo, Historieta, Gastronomía patagónica, Partituras;
HISTÓRICO: Historia de los pueblos del Chubut, Testimonio, Autobiografía o Biografía, Compilación de historias de vida de persona/s de diferentes lugares, Relatos de viaje (mínimo 50 páginas);
CIENTÍFICO: Investigación sobre los bienes ( o sobre un bien o conjunto) declarados o con potencial para ser declarados como Patrimonio Histórico y/o Cultural, de cada localidad.
“…Se considerará ‘inédita’ toda obra publicada total o parcialmente en revistas, periódicos, volúmenes colectivos, antologías, y se tendrá por ‘editada”’ toda obra publicada en volumen de autoría individual…” (Art.4°, Decreto 615/00)
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